El órgano disciplinario de la Federación de Fútbol de Guatemala, confirmó que aceptó para el trámite, la denuncia impuesta por la Liga Nacional en contra del entrenador del Marquense, el tico Hernán Medford.
“El Pelícano”, brindó fuertes declaraciones en las que afirmó, que había dudas en cuanto a la claridad con la que se maneja el fútbol de ese país, situación que, según la Liga, mancha la reputación de la competencia.
Ahora, Medford tendrá tres días hábiles desde este miércoles 30 de mayo, para declarar ante el organismo y dar su versión. Debe de presentar las pruebas de descargo y esperar la decisión de los abogados.
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“Se concede audiencia al señor HERNÁN EVARISTO MEDFORD BRYAN, Director Técnico de la entidad denominada ASOCIACIÓN POR EL DEPORTE MARQUENSE, por el termino de (03) tres días para que presente sus pruebas de descargo o asuma la actitud legal que estime”, dice la citatoria.
La Liga Nacional de Guatemala ha pedido una sanción ejemplar para el entrenador Medford. Primero que se le debe multar con 100 mil quetzales y luego suspenderlo para que no pueda dirigir en este país por dos años.
RESOLUCIÓN DEL ÓRGANO DISCIPLINARIO
OCTAVO: Se admite para su trámite la denuncia presentada por el señor DANIEL GUSTAVO JUAREZ GARCIA, Mandatario Judicial con Representación de la entidad denominada LIGA NACIONAL DE FÚTBOL DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA, en contra del señor HERNÁN EVARISTO MEDFORD BRYAN, Director Técnico de la entidad denominada ASOCIACIÓN POR EL DEPORTE MARQUENSE, con fundamento en los Artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 21, 26, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 60 y 86 del Reglamento Disciplinario de la Liga Nacional de Fútbol de Guatemala.
I. Se tiene por recibido el memorial que contiene la denuncia interpuesta, la cual se admite para su trámite;
II. Se toma nota de la calidad con la que actúa el presentado, conforme el documento adjunto;
III. Se tienen por ofrecidos los medios de prueba individualizados en el memorial de mérito;
IV. Se concede audiencia al señor HERNÁN EVARISTO MEDFORD BRYAN, Director Técnico de la entidad denominada ASOCIACIÓN POR EL DEPORTE MARQUENSE, por el termino de (03) tres días para que presente sus pruebas de descargo o asuma la actitud legal que estime.